Si entendemos que ciencia es sinónimo de conocimiento sin más, estaría claro que a nadie se le ocurriría elaborar una ley general...
La Ley de la Ciencia que se está tramitando es otro fruto más de la confusión ideológica y política en las que se mueven las universidades, los partidos políticos y el gobierno de España. Habría que destacar en primer lugar que no tiene mucho sentido elaborar una ley sobre la ciencia, cuando es ya una opinión ampliamente compartida que no es posible definir qué es esa cosa llamada ciencia, si por ciencia se entienden materias tan dispares como el álgebra, la química orgánica, la fisica teórica y la filología griega, todos ellos, eso sí, campos de conocimiento bien definidos y académicamente regulados.
Si entendemos que ciencia es sinónimo de conocimiento sin más, estaría claro que a nadie se le ocurriría elaborar una ley general del conocimiento, del mismo modo que no puede redactarse una ley sobre el mundo, la materia, ni sobre el amor y la felicidad. Sin embargo, dado que nuestros legisladores son por lo general personas competentes en el manejo de la técnica jurídica – aunque su nivel de competencia parezca ser, a veces, decreciente en proporción geométrica-, está muy claro que lo que el legislador quiere regular en este texto normativo no es el conocimiento, sino aquel conjunto de conocimientos que puedan permitir el desarrollo de unas técnicas aplicables en el campo de la producción de bienes para el mercado, con lo cual la mayor parte de los saberes académicos deberían quedar excluidos de esta nueva ley.
Sin embargo, como sería muy duro reconocerlo, puesto que ello implicaría proclamar la inutilidad del conocimiento en sí mismo, la Ley de la Ciencia juega con una constante confusión conceptual entre los términos ciencia y conocimiento y ofrece a profesores e investigadores de campos académica y económicamente débiles, como las llamadas humanidades o las propias ciencias sociales, el consuelo de poder disfrutar también de las migajas del gran banquete de la ciencia que esta ley parece estar dispuesta a ofrecer. Migajas muchas veces muy bien recibidas por algunos estómagos agradecidos.
Pero es que esta ley no sólo confunde el conocimiento con la ciencia sino que en todo su articulado subyace la idea difusa de que es el conocimiento el mecanismo básico de la creación de la riqueza, y no el capital ni el trabajo, y además oculta que el concepto básico de cualquier teoría económica es el concepto de propiedad, sin la cual no se podrían concebir las ideas de bienes y mercancías, ni la propia idea de mercado como espacio en el que los propietarios intercambian sus mercancías en unas confrontaciones muy duras entre empresas con el objeto de asegurarse sus cuotas de mercado, no sólo gracias al mecanismo autorregulado de los precios, sino también gracias al uso de variados tipos de medios de coacción extraeconómica, medios que pueden ser jurídicos, políticos o incluso militares.
Nuestra nueva ley de la ciencia, en la que el conocimiento parece ser la única variable que puede regular el crecimiento económico, a pesar de que no se explique de ninguna manera cómo lo puede hacer, no será una ley de la tecno-ciencia de un duro mundo económico real en el que las empresas utilizan todo tipo de medios para copar el mercado gracias a la ventaja competitiva de algunos de sus productos, sino una ley de la ciencia imaginaria. Una ley que podría ser una muestra del pensamiento mágico y en la que se confunden voluntariamente los actos administrativos con los conceptos, métodos, protocolos, instrumentos y recursos que se entremezclan en el complejísimo entramado de los diferentes tipos de investigaciones científicas, y no de un modo torpe o ingenuo, sino como parte de una estrategia fríamente diseñada.
Esa estrategia utiliza como instrumento básico para su desarrollo la polinormatividad, es decir, la promulgación constante de leyes, reales decretos y reglamentos que intentan controlar hasta los más mínimos detalles de diferentes terrenos que puedan ser objeto de codificación legal. Una polinormatividad que se podría definir como transversal, porque se desarrolla sin respetar muchas veces la jerarquía normativa, de modo tal que normas de nivel jerárquico inferior modifican o alteran otras normas o leyes de nivel superior, pudiendo caerse a veces en contradicciones flagrantes, más fáciles de mantener en el ámbito del derecho administrativo que en otros ámbitos jurídicos.
Gracias a esa polinormatividad transversal se puede, por ejemplo en el ámbito universitario, ir transformando toda la realidad académica sin reformar la ley orgánica que la regula ni otras leyes o reales decretos de ámbito global. Gracias a ella se le pueden arrebatar unas competencias establecidas por ley orgánica para los centros académicos o para determinados órganos colegiados, como los de los centros y departamentos, a través del real decreto que creará las Escuelas de Doctorado, diseñado para facilitar la entrada de las empresas en este escalón docente. Gracias a la polinormatividad tranversal, un complemento salarial creado por el Ministerio de Hacienda, el sexenio de investigación, que jurídicamente no se diferencia del quinquenio docente, ni del trienio, ni de otro tipo de complementos, se convierte en el eje básico de la jerarquía intelectual de las universidades, limitando la plena competencia docente e investigadora de Catedráticos y Profesores Titulares, establecida por la ley orgánica que es la cúspide del sistema universitario español.